Salud

Suprema desestima recurso de aclaración de Superintendencia para diferir aplicación del fallo GES y reafirma que isapres “deben dar cumplimiento”

Asimismo, la resolución de la Tercera Sala estableció sobre el papel del regulador que le “corresponde instar por el cumplimiento del fallo en los términos dispuestos por esta Corte”.

Por: Jorge Isla | Publicado: Lunes 20 de noviembre de 2023 a las 21:16 hrs.
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Tras la dictación del fallo por primas GES de las isapres de la Corte Suprema el 10 de agosto y el rechazo de la Tercera Sala del máximo tribunal a todas las apelaciones de las aseguradoras en las últimas semanas, esa industria estaba expuesta a una inminente aplicación de la sentencia.

En ese escenario la Superintendencia de Salud interpuso en la tarde de este viernes de recurso de aclaración ante máximo tribunal que tiene por objeto determinar el alcance de esa sentencia, específicamente en aquellos casos no judicializados.

Sin embargo, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó hoy acoger dicha acción: “No existiendo puntos obscuros o dudosos que aclarar, no se hace lugar a la solicitud”.

Por el contrario, el tribunal que preside el juez Sergio Muñoz enfatizó que lo que corresponde, tanto a la Superintendencia como a las isapres, es dar curso a la implementación de la sentencia,

“Lo que corresponde a cada Isapre es dar cumplimiento al fallo referido desde la fecha en que la sentencia quedó ejecutoriada, conforme lo dispone el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, dando aplicación al mismo, esto es manteniendo la prima Ges del trienio anterior, sin tener justificación alguna para cobrar, desde entonces, cualquier otra cifra que exceda la anteriormente referida”, detalló la resolución.

Y en lo referente a la actuación que debe seguir el regulador, estableció que “en estas circunstancias no se advierte una determinación general que deba adoptar la Superintendencia de Salud en el cumplimiento de la sentencia, y la actividad que le corresponde al respecto es instar por el cumplimiento del fallo por la Isapre recurrida en los términos dispuestos por esta Corte”.

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Argumento de la autoridad

De esa forma, la Tercera Sala desestimó el recurso de la Superintendencia de Salud, entidad que, en uso de facultades administrativas para dictar instrucciones generales -dado el efecto colectivo que tuvieron estas sentencias- había consultado si “puede dictar las instrucciones dentro de un plazo de seis meses".

La entidad que encabeza Víctor Torres, argumentó que lo anterior se justifica en que su principal interés es "resguardar la continuidad de las prestaciones y beneficios a los afiliados, lo que podría verse comprometido por el eventual impacto en los indicadores que supervigila este servicio al dictar instrucción en esta materia, lo que requiere un plazo prudente para que las isapres puedan ajustar su operación sin impactar a sus beneficiarios”.

La acción del regulador se concretó luego de que un grupo de isapres ha venido solicitando en las últimas semanas que se busque aplazar la aplicación del fallo por primas GES. Ese escenario, advierten, tendría efectos inmediatos sobre la estructura financiera del sistema privado e implicaría una significativa reducción de ingresos que el informe del comité técnico convocado por el Senado, estimó en niveles de 12% mensuales.

Cabe recordar que en el marco del fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema por tabla de factores de 2022, la Superintendencia de Salud ha solicitado en dos oportunidades el aplazamiento de la entrada en vigencia de ese dictamen, ambas por un plazo de seis meses,  tras lo cual el plazo quedó fijado para mayo de 2024.

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